Migrar datos de Factura CFDi a CFDi Facturas.

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Debido a la no tan fácil tarea de firmar los manifiestos a la que algunos de nuestros anteriores PACs están obligando a nuestros clientes de tan fea manera (ver imagen de arriba) hemos preparado la migración de datos de manera bien sencilla. Esto a fin de que sigas facturando casi de inmediato, pero recuerda que deberás firmar la carta manifiesto con nuestro PAC mas adelante, cuando tengas tiempo.

Preparando el terreno:

Si aún no tienes el programa CFDi Facturas (icono de dos cuadritos azules sobre uno amarillo) por favor descárgalo desde aquí: http://elconta.mx/cfdifacturas

Si ya tienes instalado el programa CFDI Facturas y lo estás usando en la misma PC que el ahora obsoleto programa Factura CFDi (icono tres cubitos dorados) con otros RFC, deberás actualizar el CFDI Facturas para utilizar esta nueva función de migración de datos, aquí las instrucciones:

Importando los datos:

  1. Entra al programa
  2. Clic en botón “Agregar RFC”
  3. Clic en botón “Importar RFC”

migrando-datos1[1]

Te  mostrará todos los RFCs emisores que tienes actualmente en el viejo programa Factura CFDi (el cual ya no deberás usar, pero no lo borres…)

Solo dale clic al registro y luego clic en el botón “Importar Datos”

migrando-datos2[1]

Eso es todo, ya tienes el RFC importado.

El sello digital, los productos, los clientes y todo lo necesario para seguir facturando de inmediato.

migrando-datos3[1]

NOTAS IMPORTANTES:

  • Si te aparece un error de que tu RFC no se encuentra registrado para timbrar, no te preocupes. Tan solo envíanos tu RFC al correo [email protected] para registrarlo en nuestra nueva base de datos y podrás seguir timbrando. En el correo que nos envíes señala por favor que antes usabas el programa Facturas CFDI (icono de tres cuadritos dorados)
  • Si eres persona física, recuerda que por disposición del SAT ya no es posible timbrar con la FIEL y debes tramita tu CSD (Certificado de Sello Digital)
  • Si te aparece un error que dice DBNull esta es la solución.

Saludos 😉

Equipo de ElConta.Com

AVISO URGENTE !! Personas Físicas ya no podrán timbrar con su FIEL.

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Personas Físicas ya no podrán timbrar con su FIEL.

Estimado Usuario de CFDI ElConta.Com:

Sin previo aviso, tal y como suelen hacerlo nuestras autoridades… el SAT determinó que aquellas persona físicas que hacían uso del beneficio de timbrar sus comprobantes fiscales utilizando solo su FIEL ya no podrán hacerlo a partir HOY.

A través de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 publicada en el DOF el día 3 de Marzo de 2015, se modifica el primer párrafo de la regla 2.2.7, que habilita a las personas físicas a utilizar su certificado de FIEL para la emisión de CFDI, para quedar como sigue:

2.2.7. Para los efectos del artículo 29, fracción II del CFF, las personas físicas en sustitución del CSD, podrán utilizar el certificado de FIEL obtenido conforme a lo previsto en el artículo 17-D del citado Código, únicamente para la emisión del CFDI a través de la herramienta electrónica denominada “Servicio gratuito de generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT”.

Como podemos leer, esta modificación restringe a las personas físicas el uso de la FIEL para efectos emisión de CFDI, únicamente cuando la emisión de los CFDI se realice a través de la aplicación gratuita proporcionada por el SAT.

En cualquier otro caso, es decir, cuando la persona física utilice los servicios de los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) y sus distribuidores, se deberá utilizar OBLIGATORIAMENTE el Certificado de Sellos Digitales (CSD).

En caso de que no cambies a CSD obtendrás en nuestros programas un mensaje de aviso mas o menos como este:

Aviso_27_error_306_no_es_csd

Los usuarios que actualmente estén usando la FIEL para certificar sus facturas o recibos, deberán tramitar a la brevedad un CSD (Certificado de Sello Digital) a traves de la herramenta SOLCEDI del SAT.


 

¿Que hacer SI NO TENGO MIS CSD (Certificado de Sello Digital)?

Contacta a tu contador y dile que corra a la página del SAT y con tu FIEL tramite cuanto antes tus sellos digitales, acá te dejamos las instrucciones:

➡ Cómo tramitar sello digital csd para factura electrónica << Clic en la liga.


Les recordamos que una vez solicitado el CSD, tardara de 48 a 72 horas en ser replicado a los PACs, tiempo durante el cual NO PODRÁS TIMBRAR, por lo que les sugerimos que realicen este tramite a la brevedad (o antes si es posible 😆 )

¿Timbras con nuestros programas?

Una vez que hayas tramitado tus sellos digitales, deberás sustituir en el programa CFDI los archivos Key + Cer así como tu clave privada.

Ingresar a Generar Factura >> Tus Datos Fiscales >> Pestaña Certificados SAT >> Elegir nuevos sellos (key+cer+clave privada) >> Clic en botón “Validar” >> Una vez que la validación señala OK, dar clic en GUARDAR.

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Mas info e instrucciones aquí: http://elconta.com/?p=27969

Saludos

Equipo de ElConta.Com